Esta mañana se celebró una reunión para realizar alegaciones por parte de las asociaciones profesionales de LAJ sobre el proceso de acoplamiento de los Letrados de la Administración de Justicia (LAJ) en el marco del Nuevo Modelo de Oficina Judicial (NUMO).
En la reunión, en la que participaron Sofía Puente (MJU), Javier Garrido (MJU), Ernesto Casado (CNLAJ), Jaume Herráiz (CNLAJ), Xoán Yáñez (UPSJ)y Mar Garcerán (UPSJ), se expuso por parte del Ministerio de Justicia (MJU) que se ha querido elaborar un documento corto en su extensión y sencillo que explique claramente el proceso de acoplamiento. Nos informan que este documento, aún en fase de borrador, permanecerá abierto a modificaciones y se adaptará conforme avancen las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT). Manifiesta el MJU que su objetivo es garantizar que este proceso se desarrolle de manera razonable, transparente y con el menor perjuicio posible para los todos los afectados.
El MJU destacó que en un principio el criterio fundamental para el acoplamiento será la antigüedad en la jurisdicción y municipio acogiendo así los criterios de acoplamiento que se tuvieron en cuenta con la Oficina Judicial.
Entre los principales puntos tratados y reclamaciones dirigidas al Ministerio de Justicia (MJU) se exponen las siguientes:
1.- Se reclama al MJU que este documento tenga carácter vinculante recogido en una norma para garantizar la estabilidad del proceso, ya sea mediante una orden o resolución de la Secretaría General.
2.-Se insistió en la necesidad de mantener las especializaciones de cada jurisdicción, incluyendo áreas específicas como mercantil, menores o violencia de género, por ejemplo, o en su caso garantizar la especialización dentro de cada área, poniendo de manifiesto al MJU que de no diferenciar jurisdicciones dentro de las áreas se perjudicaría gravemente la transparencia en el proceso de acoplamiento.
3.-Asimismo, se reclamó la inclusión en el borrador del proceso de acoplamiento de los LAJ que actualmente desempeñan funciones en los Registros Civiles exclusivos, así como de aquellos que se creen con las nuevas RPT, puesto que nada se ha recogido sobre estos compañeros en el texto que nos remitieron en el día de ayer.
4.-Se solicitó al MJU que el borrador aclare que, si los LAJ más antiguos en el escalafón no confirman en su destino actual, la confirmación corresponderá a los siguientes en el orden de antigüedad, evitando confusiones con el término “menor escalafón”.
5.-Además, se nos informó que los puestos de libre designación o concurso específico que tras el concurso se queden vacantes se cubrirán mediante reordenación forzosa.
6.-Otro aspecto destacado del que fuimos informados es que, en áreas con distintas jurisdicciones, la antigüedad se considerara de manera igualitaria para todas ellas.
7.-Se instó al MJU a asegurar que los LAJ que no obtengan plaza en su localidad en la confirmación y reordenación quedaran adscritos al SC/SG, pero reforzando o trabajando en su propia localidad.
8.- Por último, se informó que la confirmación y reordenación no producirá una nueva congelación en el puesto de destino.
El MJU se ha comprometido a volver a elaborar un texto con las aportaciones que hemos realizado del que nos dará traslado para su conocimiento y alegaciones.
SECRETARIADO DE UPSJ





